• Síguenos en

CONDICIONES DEL CONTRATO DE TRANSPORTE

ADVERTENCIA SOBRE EL LÍMITE DE RESPONSABILIDAD:

El Convenio de Montreal o el Convenio de Varsovia pueden aplicarse a su viaje, y estos Convenios rigen y pueden limitar la responsabilidad de los transportistas aéreos en caso de muerte, lesiones personales, pérdida o daño del equipaje y retrasos.

Si se aplica el Convenio de Montreal, los límites de responsabilidad son los siguientes:

  1. No hay límites económicos en caso de fallecimiento o daños personales;
  2. En caso de destrucción, pérdida, deterioro o retraso del equipaje, el límite es, en la mayoría de los casos, de 1.000 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 1.200 euros; 1. 470 dólares estadounidenses) por pasajero.
  3. Por daños causados por retrasos en el viaje, 4.150 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 5.000 euros; 6.000 dólares estadounidenses) por pasajero, en la mayoría de los casos.

El Reglamento (CE) nº 889/2002 establece que las compañías aéreas de la Comunidad Europea deben aplicar los límites establecidos por el Convenio de Montreal en relación con su transporte de pasajeros y su equipaje. Muchas compañías aéreas no comunitarias también aplican el Convenio de Montreal cuando transportan pasajeros y su equipaje.

En los casos en que se aplica el Convenio de Varsovia, pueden aplicarse los siguientes límites de responsabilidad:

  1. 16.600 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 20.000 euros; 20.000 dólares estadounidenses) por muerte o lesiones personales, en los casos en que se aplique el Protocolo de La Haya del Convenio, u 8.300 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 10.000 euros; 10.000 dólares estadounidenses) si sólo se aplica el Convenio de Varsovia. Muchas compañías aéreas han renunciado voluntariamente a estos límites por completo, y las normas de los Estados Unidos de América establecen que para los viajes hacia, desde o con escala acordada en los EE.UU. el límite no puede ser inferior a 75.000 dólares estadounidenses.
  2. 17 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 20 euros; 20 dólares estadounidenses) por kilo de equipaje facturado perdido, dañado o retrasado, y 332 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 400 euros; 400 dólares estadounidenses) por equipaje no facturado.
  3. El transportista puede ser responsable de los daños causados por el retraso.

Puede obtener más información del transportista sobre los límites de responsabilidad aplicables a su viaje. Si el viaje del pasajero implica el transporte por distintos transportistas, debes ponerte en contacto con cada uno de ellos para obtener información sobre los límites de responsabilidad aplicables.

Los pasajeros pueden beneficiarse de un límite de responsabilidad más elevado en caso de pérdida, deterioro o retraso del equipaje, independientemente del Convenio aplicable a su viaje, haciendo una declaración especial en el momento de facturar sobre el valor de su equipaje y pagando las tasas suplementarias aplicables. Alternativamente, si el valor del equipaje supera los límites de responsabilidad aplicables, deberá asegurarse todo el equipaje antes de viajar.

PLAZO PARA EMPRENDER ACCIONES LEGALES:

Cualquier acción legal ante los tribunales en relación con una reclamación por daños y perjuicios debe realizarse en un plazo de dos años a partir de la fecha de llegada de la aeronave, o a partir de la fecha en que la aeronave debería haber llegado a su destino.

RECLAMACIÓN DE EQUIPAJE:

En caso de deterioro del equipaje facturado, éste deberá comunicarse por escrito al transportista en un plazo de 7 días a partir de la fecha de entrega y, en caso de retraso, en un plazo de 21 días a partir de la fecha en que el equipaje se puso a disposición del pasajero.

Equipaje facturado: En general, los pasajeros tienen derecho a una franquicia de equipaje, cuyo límite puede variar en función de la compañía aérea, la clase y/o la ruta. Puede haber cargos adicionales por el equipaje facturado que exceda la franquicia. Póngase en contacto con su agencia de viajes o compañía aérea para obtener información más detallada.

Equipaje de mano: En general, los pasajeros tienen derecho a una franquicia de equipaje de mano, cuyo importe puede variar de una compañía aérea a otra, y en función de la clase, la ruta y/o el tipo de avión.

Se recomienda reducir al mínimo el equipaje de mano. Póngase en contacto con su agencia de viajes o compañía aérea para obtener información más detallada.

DENEGACIÓN DE EMBARQUE, ANULACIÓN DE VUELO

Reglamento comunitario 261/2004 de 11 de febrero

OVERBOOKING:

Si el número de pasajeros supera el de plazas disponibles, la aerolínea debe pedir primero voluntarios que renuncien a sus asientos a cambio de beneficios acordados. Estos beneficios deben incluir una de estas dos opciones: reembolso del billete (con vuelo gratuito de vuelta al punto de partida, si procede) o transporte alternativo hasta el destino final.

Si el pasajero no se ofrece voluntario, la compañía aérea puede denegar el embarque a los pasajeros contra su voluntad y debe pagarles una indemnización de: a) 250 euros para vuelos de hasta 1.500 km.

  1. b) 400 euros para vuelos más largos dentro de la Unión Europea y para otros vuelos de entre 1.500 y 3.500 km.
  2. c) 600 euros para vuelos de más de 3.500 kilómetros fuera de la UE.

Además de la indemnización correspondiente, la empresa debe ofrecerte la:

  1. La posibilidad de elegir entre el reembolso del billete (con un vuelo gratuito de vuelta al punto de partida, si procede) y alternativas de transporte hasta el destino final; b) Asistencia adecuada al tiempo de espera, incluidas comidas y refrescos, así como alojamiento en hotel (incluidos los traslados), si es necesario, y medios de comunicación (dos llamadas, faxes, correos electrónicos, etc.).
  2.  

CANCELACIÓN:

Si el vuelo se cancela, el transportista debe dar al pasajero la posibilidad de elegir entre el reembolso del precio íntegro del billete en un plazo de siete días (y un vuelo gratuito al punto de partida cuando esté justificado) o un transporte alternativo hasta el destino final en el plazo más breve posible.

El pasajero también tiene derecho a la asistencia mencionada en el apartado anterior

El Pasajero también tendrá derecho a la compensación descrita anteriormente si el vuelo ha sido cancelado sin previo aviso razonable y alternativo. No tendrán derecho a esta compensación si la cancelación se comunica al pasajero:

  1. a) Con dos semanas de antelación;
  2. b) Entre dos semanas y siete días, si se le da la alternativa de salir hasta 2 horas antes y llegar a su destino final hasta 4 horas más tarde.
  3. c) Con menos de 7 días de antigüedad, si se le da la alternativa de salir hasta una hora antes y llegar al destino final hasta 2 horas más tarde.

Corresponde al transportista demostrar si informó al pasajero de la cancelación y cuándo lo hizo.

Los pasajeros no tienen derecho a indemnización si la aerolínea operadora puede demostrar que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado aunque se hubieran tomado todas las medidas razonables.

RETRASO

Cuando tenga motivos razonables para esperar que un vuelo se retrase con respecto a su hora de salida prevista:

  1. (a) dos horas o más en el caso de vuelos de hasta 1 500 kilómetros; o
  2. (b) tres horas o más para cualquier vuelo intracomunitario de más de 1.500 kilómetros y para cualquier otro vuelo de entre 1.500 y 3.500 kilómetros.
  3. c) Cuatro horas o más, en el caso de los vuelos no contemplados en las letras a) o b), el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo deberá ofrecer a los pasajeros:
  4. i) Comidas y refrescos en proporción razonable al tiempo de espera y dos llamadas telefónicas, télex, mensajes de fax o mensajes de correo electrónico.
  5. ii) Alojamiento en hotel:- si se hace necesaria una estancia de una o más noches, o - si se hace necesaria una estancia adicional a la prevista por el pasajero y el transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento (hotel u otro).

iii) cuando el retraso sea de al menos cuatro horas, el reembolso en un plazo de siete días del precio total de compra del billete, por la parte o partes del viaje no efectuadas, y por la parte o partes del viaje ya efectuadas si el vuelo ya no está justificado en relación con el plan de viaje inicial, acumulativamente, en los casos en que esté justificado; un vuelo de vuelta al primer punto de partida.

Si el vuelo sale de un Estado miembro de la Unión Europea, la denuncia debe presentarse en ese país.

Si el vuelo parte de un tercer país con destino a un Estado miembro de la Unión Europea, si la compañía aérea es comunitaria, la denuncia debe presentarse en el Estado miembro de destino del vuelo en cuestión.

Pasajeros afectados por denegaciones de embarque, cancelaciones de vuelos y grandes retrasos:

  1. a) Pueden presentar una reclamación ante la compañía aérea operadora en cuestión;
  2. b) Pueden dirigir sus quejas al organismo nacional competente, que en Portugal es la ANAC.

RESERVAS DE VIAJES, CAMBIOS Y CANCELACIONES POR PARTE DEL CLIENTE:

Una vez emitido el billete de avión, el cliente está sujeto a las condiciones tanto de la compañía aérea elegida como de la tarifa seleccionada, que pueden afectar a cambios en la fecha o a la cancelación del viaje.

El cambio de destino y/o de nombre del pasajero está sujeto a las normas de la compañía aérea y a la normativa de transporte aplicable.

PRECIO DEL VIAJE Y MODIFICACIONES DEL PRECIO

En el momento de la reserva, se informa al cliente del precio del billete, incluidas las tasas de aeropuerto, seguridad y combustible, así como los gastos de emisión del billete. Entre el momento de la reserva y el de la emisión del billete, el valor del billete puede cambiar fuera del control de la agencia, por lo que también se actualizará el valor total del billete facilitado previamente.

En el momento de efectuar la reserva, la agencia le informará de la fecha límite para emitirla, transcurrida la cual quedará automáticamente anulada.

HORARIOS DE REGISTRO

Las horas que figuran en el billete o, en su caso, en el itinerario/recibo, son las horas de salida del avión. Las horas de facturación comunicadas por la compañía aérea corresponden al límite máximo en el que los pasajeros pueden ser aceptados para viajar, con el fin de cumplir todas las formalidades. Los vuelos no pueden ser retenidos por retrasos de los pasajeros, ni éstos dan lugar a responsabilidad alguna por parte del transportista o de la agencia.

DOCUMENTACIÓN:

El cliente debe tener su documentación personal o familiar en regla. En caso de duda sobre la documentación necesaria para viajar al destino en cuestión, el cliente debe ponerse en contacto con su agencia, que le facilitará la información necesaria o le remitirá a las autoridades competentes.

En el caso de que viajen menores de edad, queremos llamar su atención sobre la documentación que deben tener para viajar: pasaporte o documento de identidad (según el destino).

La agencia declina toda responsabilidad por negarse a conceder un visado o no permitir que el cliente entre en un país extranjero.

La no realización del viaje por carecer de la documentación necesaria será responsabilidad exclusiva del cliente, que deberá hacerse cargo de los gastos en que incurra la agencia por este motivo.

Let's Get Away - Viajes y expediciones

Av. Kwame N'Kruma Loja 603 - Hotel Pestana Miramar, Santo Tomé y Príncipe

Rellene los datos para reservar

Reservas (#6)